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¿Dónde solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad?

Escrito por Abogado del deudor | May 26, 2023 9:00:00 AM

Solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad permite que las personas insolventes se recuperen tras un fracaso personal o empresarial y enderecen de nuevo su vida. Al concluir el proceso, el deudor se habrá librado parcial o totalmente de las cargas económicas y puede seguir con su vida, sin la carga perpetua de las obligaciones financieras.

 

Con la modificación de la normativa en 2022, ya no es necesario intentar un acuerdo extrajudicial con los acreedores, siendo posible acudir a fase judicial directamente. Esto facilita y acorta los trámites para solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad. Pero, ¿por dónde empezar?

 

 

Cómo solicitar la ley de segunda oportunidad 

 

Si quieres acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para liberarte de tus deudas, lo primero que tienes que hacer es contactar con un abogado con experiencia que pueda guiarte en todos los pasos necesarios y brindarte el apoyo necesario para salir de la situación.

 

Te ayudará a saber si cumples los requisitos para beneficiarte de esta normativa y a analizar las posibilidades reales de obtener una exoneración completa de todas tus deudas, así como recomendarte otras vías de aliviar tus cargas financieras, si son más indicadas para tu caso.

 

Si, efectivamente, eres un candidato a solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad, lo segundo que tienes que hacer es reunir una serie de documentos.

 

Para personas particulares, son los siguientes:

 

-  Declaraciones de la Renta de los 3 últimos ejercicios.

-  Últimas 3 nóminas o pensión.

-  Certificado de nacimiento.

-  Informe de Vida Laboral actualizado.

- Certificado de Antecedentes Penales.

- Certificado de Titularidad de Cuenta Bancaria (para cada una de tus cuentas).

- Certificado de Empadronamiento.

- Contratos en vigor con los acreedores o deuda actualizada.

- Nota simple del Registro de la Propiedad, que acredite si se es titular de una vivienda.

- Documentación del vehículo (en caso de tener uno).

- Si estás casado, la inscripción del matrimonio en el Registro Civil o, en caso de estar divorciado, la inscripción del divorcio.

- Datos de filiación de los hijos menores de edad.

- Estimación de gastos mensuales: suministros, comida, alquiler, etc.

- Si hay procedimientos judiciales abiertos, datos relativos a estos.

 

En caso de que seas autónomo, la documentación exigida para beneficiarte de la Ley de segunda Oportunidad se amplía, sumando los siguientes documentos:

 

- Últimos 3 recibos del pago de la cuota de autónomos.

- Certificado de deuda o de estar al corriente con la Seguridad Social.

- Certificado de deuda o estar al corriente con la Agencia Tributaria.

-Certificado de alta como Autónomo.

- Documento de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT.

- Cuentas anuales de los 3 últimos ejercicios.

 

Puede que, dependiendo de tu caso, necesites aportar algo más. Pero no te preocupes, tu defensa te pasará el listado de documentos a reunir y, si no sabes cómo localizar algunos documentos, te dará las indicaciones pertinentes y te ayudará en el proceso.

 

El objetivo de reunir esta documentación es centralizar toda la información que se requerirá durante el procedimiento y crear un perfil sobre la situación del deudor.

 

Con esta información, tu abogado elaborará una solicitud y la dirigirá al Juzgado de lo Mercantil que corresponda en función de tu lugar de residencia. 

 

Desde la reforma de la normativa, ya no es necesario acudir en primer lugar a un notario para solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad.

 

Tampoco es necesario rellenar el formulario de solicitud del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial, ya que con la modificación de la normativa se ha eliminado la obligación de intentar el acuerdo.

 

¿Qué pasa una vez presentada la solicitud de segunda oportunidad?

 

Una vez presentada la solicitud para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad con los requisitos y documentación anterior, se inicia la fase judicial donde el deudor podrá elegir entre la exoneración con liquidación de activo o sin liquidación pero con plan de pagos.

 

- Con la primera opción, el deudor podrá cancelar todas sus deudas pendientes (salvo las legalmente no exonerables) a cambio de sacrificar su patrimonio, si lo tuviera.

 

- Con la segunda opción el deudor tiene la posibilidad de proteger su vivienda familiar y activos empresariales, cancelando una parte de sus deudas y respondiendo por el resto mediante un plan de pagos.

 

¿Cuánto se tarda en solicitar la ley de segunda oportunidad?

 

El trámite de recopilar los documentos necesarios y presentar la solicitud para la segunda oportunidad no debería llevar más de un mes. 

 

El proceso de segunda oportunidad propiamente dicho se inicia mediante la presentación de la solicitud dirigida al Juzgado de lo Mercantil, que hemos mencionado antes. Debido a las reformas realizadas, ya no es necesario involucrar a la notaría, al Registro Mercantil ni designar a un mediador concursal, lo que acorta los tiempos.

 

La duración del proceso puede variar considerablemente según las circunstancias de cada caso en particular, pudiendo oscilar desde unos pocos meses hasta un máximo de 18 meses, que es el plazo establecido por ley para casos más complejos o en áreas con juzgados más congestionados.

 

Es importante saber que, mientras se lleva a cabo el procedimiento, el deudor está protegido y los acreedores no pueden seguir reclamando deudas ni embargar sus bienes. De este modo, solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad ofrece una tregua desde que se inicia el procedimiento.