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¿Cuándo prescribe una deuda? ¿Puedo eliminarla antes?

Escrito por Abogado del deudor | Jun 14, 2023 9:00:00 AM

Si tienes una deuda pendiente, es probable que te interese saber cuándo prescribe. Nadie puede mantener una deuda indefinidamente, aunque hay que tener en cuenta que, técnicamente, no es la deuda la que prescribe, sino más bien la posibilidad de exigir el pago. Es decir, con la prescripción se extingue el derecho que tiene el acreedor a reclamar la deuda.

 

 

En general, la acción de reclamar una deuda está sujeta a un plazo de 5 años. En el año 2015 se llevó a cabo una reforma del artículo 1964.2 del Código Civil, mediante la Ley 42/2015, de 5 de octubre, para rebajar el plazo de prescripción (que, anteriormente, era de 15 años). El cómputo del plazo se inicia desde el primer día en el que se incumplió la obligación de pago.

 

Es importante tener en cuenta que el plazo de 5 años es aplicable en ausencia de una normativa específica. Existen diferentes tipos de deudas que tienen plazos de prescripción distintos. Por ejemplo:

 

1. Las deudas hipotecarias prescriben después de 20 años.

2. Las deudas con Hacienda prescriben después de 4 años.

3. Las deudas con la Seguridad Social prescriben después de 4 años.

4. Las deudas de préstamos bancarios no hipotecarios prescriben después de 5 años.

5. Las deudas de tarjetas de crédito prescriben después de 5 años.

6. Las deudas de suministros (agua, luz, teléfono, etc.) prescriben tras 3 o 5 años, según la interpretación de la normativa.

7. Las deudas por impago del alquiler tienen un período de prescripción de 5 años.

 

    • Entonces, ¿es posible dejar prescribir las deudas?

       

      En realidad, que prescriba una deuda no es tan fácil como puede parecer. Y la razón es que el plazo de prescripción de las acciones, deudas y demás obligaciones o derechos puede ser interrumpido. 

       

      La cosa se complica todavía más porque, en caso de interrumpirse la prescripción, el plazo comienza de nuevo, es decir, si el plazo es de 5 años, una vez interrumpida la prescripción, tienes otros 5 años por delante. 

       

      Entonces, ahora te preguntarás: ¿cómo se interrumpe la prescripción de una deuda? Lo cierto es que los acreedores lo tienen bastante fácil, ya que pueden interrumpir la prescripción con acciones como reclamar de forma extrajudicial la deuda (basta con una notificación), reclamar de forma judicial, o lograr el reconocimiento de la deuda (lo que ocurre cuando deudor y acreedor están en negociaciones para reestructurarla).

       

      Así, la deuda solo prescribiría si, en el plazo que corresponde, se cumplen estos dos supuestos:

 

1. El acreedor no ha puesto en marcha acciones por ninguna vía judicial o extrajudicial para reclamar la deuda.

2. El deudor no ha reconocido ni aceptado expresamente la deuda. 

 

Como puedes ver, es bastante improbable que tu deuda alcance el punto de prescripción, ya que basta con que te hagan una reclamación para que el período de prescripción se detenga.

 

Por ejemplo, si dejaste de pagar en febrero de 2020 y te remiten un burofax en marzo de 2022, el tiempo ya no cuenta desde febrero, si no desde la fecha de la comunicación. Por lo tanto, es poco probable que puedas deshacerte de la deuda simplemente esperando a que prescriba.

 

Los acreedores no suelen olvidarse de sus deudas y lo tienen bastante fácil para interrumpir la prescripción, así que dejar que el tiempo pase no es una solución para acabar con tus deudas.

 

    •  

      Si la deuda no prescribe, ¿cómo me deshago de ella?

       

      Lograr la prescripción es casi una utopía, pero existen alternativas para liberarte de las deudas, total o parcialmente.

       

      No esperes a que tu deuda se evapore, porque no lo hará. Toma la iniciativa y empieza el proceso para eliminarla o reducirla, cuanto antes.

       

      Si eres insolvente (es decir, no puedes pagar tus deudas) existe una vía para lograr la cancelación de nuestras deudas conocida como la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta ley permite a personas físicas, como autónomos y particulares, pedir la exoneración de las obligaciones financieras.

       

      Una vez que se presenta la solicitud para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, se inicia una fase judicial en la cual el deudor tiene la opción de elegir entre dos alternativas: la exoneración con liquidación de activos o la exoneración sin liquidación pero con un plan de pagos.

 

1. En la primera opción, el deudor tiene la posibilidad de cancelar todas sus deudas pendientes (a excepción de las que no pueden ser exoneradas por ley), a cambio de desprenderse de su patrimonio, en caso de tenerlo.

2. En la segunda opción, el deudor puede proteger su vivienda familiar y sus activos empresariales, cancelando una parte de sus deudas y asumiendo la responsabilidad del resto a través de un plan de pagos ajustado a su realidad económica.

 

En Abogado del Deudor contamos con una amplia experiencia en la Ley de Segunda Oportunidad. Podemos ayudarte a obtener el perdón de tus deudas o, si no cumples los requisitos para acceder a esta ventaja, podemos explorar otras formas de aliviar tus cargas


Un deudor tiene obligaciones, pero también derechos. Cuando te enfrentas a una situación abrumadora, es fundamental contar con ayuda experta que te ayude a proteger tus intereses.